Corte eleva indemnización a $28 millones por caída en café de Belgrano
Una mujer de 55 años sufrió una fractura tras resbalar en la escalera interna de un café del barrio. La Cámara Nacional de Apelaciones confirmó la responsabilidad de dos empresas y aumentó la condena a $28 millones, más intereses y costas.
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la responsabilidad de dos empresas por la caída de una mujer de 55 años en la escalera de un café del barrio porteño de Belgrano, elevando la indemnización total a $28 millones, más intereses y costas.
El accidente se produjo el 19 de febrero de 2023 en una escalera ubicada dentro del establecimiento, en un sector próximo a un baño para personas con discapacidad y a la comunicación con el subsuelo. La demandante afirmó que siguió un cartel con la palabra “Baños” y una flecha, pero que el pasillo no advertía la presencia de la escalera; además, sillas plegables apiladas y una puerta ciega entreabierta le impidieron ver el inicio del descenso. También señaló que la decoración monocromática del lugar hacía que el piso plano y los escalones parecieran un mismo recorrido y que faltaba un pasamanos del lado izquierdo.
La Dirección General de Fiscalización y Control de la Ciudad de Buenos Aires constató un espacio sin cerramiento entre la escalera y el sanitario y la ausencia de uno de los pasamanos previstos en el plano de habilitación del local. Las inspecciones detectaron la falta de señalización reglamentaria en el primer y último escalón de cada tramo. Un perito arquitecto designado en el expediente verificó esas deficiencias.
La perito médica informó que la mujer sufrió una fractura de calcáneo derecho con múltiples trazos y compromiso articular, requiriendo una operación con placa y tornillos y una recuperación de alrededor de siete meses. El informe médico estableció una incapacidad física parcial, permanente y definitiva del 30 %.
En la sentencia de primera instancia, dictada el 19 de marzo de 2026, se ordenó a ambas sociedades abonar $20,6 millones, con intereses y costas, extendiendo la condena a las compañías de seguros citadas en el juicio. La Cámara consideró insuficiente la suma de $12,5 millones fijada inicialmente por incapacidad sobreviniente y la elevó a $18 millones, dejando la indemnización total en $28 millones, más intereses y costas.
Las empresas demandadas y las aseguradoras cuestionaron la atribución de responsabilidad y los montos, pero la Sala H declaró desiertos varios de los recursos vinculados con la responsabilidad y algunos rubros indemnizatorios. Los magistrados encuadraron el caso dentro de las normas de defensa del consumidor, indicando que quien ofrece un bien o servicio tiene un deber de seguridad respecto de las personas expuestas a esa relación de consumo.
Los reclamos por daño psicológico, tratamiento psicológico y pérdida de chance fueron rechazados. La perito psicóloga detectó que la demandante atravesó sensaciones de angustia, temor, ansiedad y depresión, pero que los resultados de las evaluaciones estaban dentro de parámetros normales y no se diagnosticó patología ni secuelas psíquicas derivadas del hecho.






