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La Corte anula absolución de Milani por la desaparición de Ledo

La Suprema Corte de Justicia revocó la sentencia que había exonerado al exjefe del Ejército, César Milani, en la causa del soldado conscripto Alberto Agapito Ledo, desaparecido en 1976. El fallo, con mayoría de tres votos, ordena que el caso vuelva a la instancia inferior para un nuevo pronunciamiento.

Redacción Tiempo REAL · Publicado el 29 de septiembre de 2026 - 18:23hs 🔎 Verificado con 3 fuentes

La Corte anula absolución de Milani por la desaparición de Ledo

La Corte Suprema de Justicia dejó sin efecto la absolución de César Milani, exjefe del Ejército durante la gestión de Cristina Kirchner, en la causa que investiga la desaparición del soldado conscripto Alberto Agapito Ledo. La decisión, tomada este martes, responde a un recurso presentado por la fiscalía y obliga a que el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán dicte una nueva sentencia.

Milani había sido acusado de encubrimiento y falsedad ideológica de documento público por haber redactado el acta de deserción que presentaba la desaparición de Ledo como una fuga voluntaria. En el juicio de primera instancia, el tribunal oral lo absolvió, y la Cámara Federal de Casación Penal confirmó la decisión. La Corte Suprema, sin embargo, cuestionó dos fundamentos esenciales de esos fallos.

En primer lugar, la firma del acta. El tribunal de la Corte señaló que el peritaje caligráfico solicitado por la fiscalía había sido desestimado y que, en su lugar, se había aceptado un informe de la defensa “producido sin control de las partes”. Además, recordó que Milani había reconocido públicamente, en una nota periodística y en un cuestionario del CELS, haber firmado el expediente de deserción de Ledo, y que en el juicio había admitido que el acta “la pudo haber hecho”. Sobre la naturaleza del documento, la Corte consideró que la alegación de que se trataba de un “trámite burocrático” y, por tanto, neutral, no se sostiene cuando el oficial era responsable de constatar los hechos y de la fe pública.

En segundo lugar, el rol de Milani como garante de la verdad. El voto del conjuez Luis Renato Rabbi‑Baldi Cabanillas sostuvo que, aunque el subteniente “pudo no haber sido garante de la vida del soldado”, sí lo era “de la verdad y de la fe pública”, pues le correspondía verificar lo ocurrido y registrar la información con fidelidad. El voto resaltó la contradicción de afirmar que Ledo desapareció sin su equipo, mientras que el acta de deserción sólo presentaba “defectos extrínsecos”.

El fallo contó con el voto favorable de los magistrados Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Juan Ignacio Pérez Curci, quien se alineó con el dictamen del procurador general interino. El conjuez Rabbi‑Baldi también sumó su voto al mismo sentido. Carlos Rosenkrantz, vicepresidente del tribunal, emitió una disidencia argumentando que la fiscalía no había probado que el fallo fuera arbitrario y que se basó en “conjeturas”. En su escrito subrayó que Milani tenía 21 años, ocupaba el cargo más bajo de oficial y había llegado a la unidad apenas dos meses antes de la desaparición, por lo que no se podía asumir que participó o encubrió el delito por mera presencia.

Los hechos que originaron la causa se remontan al 17 de junio de 1976, cuando Ledo fue sacado de su cama por personal militar en el marco del Operativo Independencia. El soldado, estudiante de Historia en la Universidad Nacional de Tucumán, había trabajado junto al obispo de La Rioja Enrique Angelelli y militaba en el PRT. Fue visto por última vez en diciembre de ese año, detenido en el Arsenal Miguel de Azcuénaga, en San Miguel de Tucumán. El tribunal oral confirmó que era “un objetivo a eliminar por su actividad política”.

El capitán Esteban Sanguinetti, a cargo de la unidad, ordenó iniciar las actuaciones por deserción y, en el acta fechada el 29 de junio de 1976, atribuyó a Milani la redacción del documento que describía al soldado como “fugitivo del vivac” y con su equipo de campaña. Sin embargo, la investigación demostró que Ledo no había llevado su equipo ni sus anteojos, que usaba de forma permanente.

Con la revocación de la absolución, la causa vuelve a la instancia inferior para que se dicte un nuevo pronunciamiento sobre la responsabilidad penal de Milani. El caso reabre el debate sobre la rendición de cuentas de los oficiales que participaron, directa o indirectamente, en violaciones de derechos humanos durante la dictadura. La decisión de la Corte Suprema marca un hito en la revisión de los procesos judiciales de la época y deja abierta la posibilidad de que el exjefe del Ejército enfrente una condena definitiva.

Publicado el 29 de septiembre de 2026 - 18:23hs

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