ANMAT prohíbe todo el modelo TEXEL AF tras incautación sin registro
La autoridad sanitaria emitió la Disposición 5829/2026, que elimina la circulación del equipo de alta frecuencia TEXEL modelo AF en todo el país. La decisión se sustenta en la ausencia de registro sanitario del aparato incautado el 22 de mayo y se extiende a todas sus series.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) resolvió, mediante la Disposición 5829/2026 publicada en el Boletín Oficial, la prohibición total de uso, comercialización y distribución del equipo de alta frecuencia TEXEL modelo AF. La medida afecta a todas las series del producto, aunque la identificación proviene de una unidad concreta con número de serie 04491‑823.
La medida se originó a partir de un allanamiento realizado el 22 de mayo de 2025, cuando la División de Delitos contra la Salud y la Seguridad Personal, dependiente de la Superintendencia de Investigaciones de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires, incautó dos dispositivos de estética. Uno de ellos era un aparato blanco con la inscripción “CURVILINE PRESOTERAPIA SECUENCIAL ATHENEA”, sin número de serie visible. El otro, también blanco, llevaba la leyenda “ALTA FRECUENCIA” y el número de serie 04491‑823, que permitió asociarlo al modelo TEXEL AF.
Al revisar la documentación del aparato incautado, la ANMAT constató que no figuraba registrado en la base de datos sanitaria HELENA, ni existían autorizaciones que avalaran su calidad, seguridad o aptitud de uso. Según el informe del Servicio de Fiscalización de Cadena de Comercialización, dependiente de la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud, no se hallaron datos de autorización del equipo analizado. Ante la falta de información sobre su registro, conservación y controles, la autoridad consideró imposible certificar que el producto cumpliera con los requisitos sanitarios exigidos.
En base a esa evaluación, la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud recomendó dictar una prohibición preventiva, con el objetivo de evitar que potenciales compradores o usuarios quedaran expuestos a un dispositivo cuya seguridad no pudo ser verificada. La disposición ordena que la prohibición sea comunicada a las autoridades sanitarias jurisdiccionales y a la Dirección Nacional de Gestión y Control Normativo, dependiente de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial del Ministerio de Economía. Asimismo, la ANMAT debe notificar al Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N.º 1 de San Martín, que había solicitado información sobre posibles medidas administrativas pendientes en la causa 62201224.
Cabe señalar que el otro equipo incautado, el “CURVILINE PRESOTERAPIA SECUENCIAL ATHENEA”, ya estaba sujeto a una restricción previa mediante la Disposición ANMAT N.º 4157/24, que prohibió su uso, comercialización y distribución. Por lo tanto, la intervención actual se centró exclusivamente en el dispositivo de alta frecuencia TEXEL AF, que carecía de antecedentes de autorización al momento de la incautación.
Con la publicación de la prohibición, la ANMAT busca proteger a los consumidores y usuarios de aparatos estéticos que no cuenten con la certificación sanitaria requerida, evitando riesgos potenciales derivados de su empleo. La medida permanecerá vigente hasta que se demuestre, mediante la correspondiente tramitación administrativa, que el modelo cumple con los requisitos de calidad y seguridad establecidos por la normativa vigente.



